Cómo evitar una sanción ambiental según la nueva Ley 2487.

24/02/2025

Ley 2487 de 2024: Oportunidad para Evitar Sancionatorios y Corregir y Compensar Daños Ambientales 

La Ley 2487 de 2024 introduce un mecanismo innovador en el ámbito ambiental: la posibilidad de que los mineros y otros actores involucrados en procesos sancionatorios ambientales puedan corregir y/o compensar las afectaciones ambientales causadas, evitando así sanciones más severas. Este nuevo artículo, conocido como Artículo 18A, representa una oportunidad para promover la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental en el sector minero. En este artículo, te explicamos cómo funciona esta normativa y su relevancia para el sector.

¿Qué Establece el Artículo 18A?

El Artículo 18A de la Ley 2487 de 2024 permite a los presuntos infractores ambientales solicitar la suspensión del procedimiento sancionatorio si presentan una propuesta técnicamente soportada y viable para corregir o compensar el daño ambiental. Este mecanismo busca fomentar la reparación voluntaria de los impactos ambientales, promoviendo una cultura de responsabilidad y sostenibilidad.

¿Cómo Funciona el Proceso?

  1. Solicitud de Suspensión:

    • El Minero puede solicitar la suspensión del procedimiento sancionatorio presentando una propuesta de medidas para corregir o compensar el daño ambiental.

    • La autoridad ambiental tiene un plazo de 1 mes para evaluar la propuesta y decidir si acepta la suspensión.

  2. Garantía de Cumplimiento:

    • Una vez aceptada la suspensión, el Minero debe presentar una garantía de cumplimiento dentro de 5 días hábiles. Esta garantía asegura que se ejecutarán las medidas propuestas.

  3. Plazo de Ejecución:

    • La suspensión tiene una duración máxima de 2 años, prorrogable por 1 año adicional si es técnicamente necesario.

    • Durante este período, no corren los plazos de caducidad del procedimiento sancionatorio.

  4. Verificación y Terminación:

    • Si la autoridad ambiental verifica que las medidas se implementaron correctamente, declara la terminación anticipada del procedimiento sancionatorio.

    • Esta decisión se inscribe en un apéndice especial del Registro Único de Infractores Ambientales (RUIA), sin que constituya un antecedente negativo.

Beneficios para el Sector Minero

Este nuevo mecanismo ofrece múltiples ventajas para los mineros y otros actores del sector:

  • Oportunidad de Reparación: Permite corregir o compensar los daños ambientales, evitando sanciones más severas.

  • Promoción de la Sostenibilidad: Fomenta prácticas responsables y el uso de tecnologías limpias.

  • Reducción de Costos: Al evitar sanciones y multas, los infractores pueden reducir los costos asociados con los procesos sancionatorios. 

¿Qué Ocurre en Caso de Incumplimiento?

Si el presunto infractor no cumple con las medidas aprobadas, la autoridad ambiental levantará la suspensión y continuará con el procedimiento sancionatorio. Además, los costos asociados con la evaluación y el seguimiento de las medidas serán cobrados al infractor.

Limitaciones y Restricciones

El beneficio de suspensión y terminación anticipada no aplica para infractores que hayan accedido a este mecanismo en los últimos 5 años

Conclusión

El Artículo 18A de la Ley 2487 de 2024 representa una oportunidad única para que los mineros y otros actores del sector corrijan y compensen los daños ambientales, promoviendo una cultura de responsabilidad y sostenibilidad. En EGACOLSAS, ofrecemos asesoría especializada para la elaboración de propuestas técnicamente soportadas y viables, ayudando a nuestros clientes a cumplir con estas normativas de manera eficiente. Si necesitas más información o apoyo en este proceso, ¡contáctanos al 3108308492 o al correo info@egacolsas.com.co !